Mostrando entradas con la etiqueta 4 Cultura Cívica. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta 4 Cultura Cívica. Mostrar todas las entradas

miércoles, 8 de junio de 2011

TEMA 4.- CULTURA CÍVICA: cultura de la legalidad, derechos humanos y educación inclusiva.


De acuerdo con el enfoque de la Reforma Integral de la
Educación Básica, “la formación ciudadana democrática
para la construcción de una cultura de la legalidad
pretende que los niños y jóvenes aprendan a ejercer sus
derechos y respetar los derechos de los demás, cumplir
sus responsabilidades, desarrollar un pensamiento
crítico, participar activamente en los asuntos de
interés colectivo, respetar y apreciar la diversidad
y la interculturalidad, intervenir en la construcción
de una sociedad acorde con los valores y principios
democráticos y establecer formas
de convivencia incluyentes y
equitativas” (SEP, 2010: p. 106).
El estudio de estos temas ofrecen
la oportunidad de que los
alumnos analicen elementos
relacionados con su vida social,
su participación en los asuntos
de interés colectivo, el ejercicio de
sus derechos y el reconocimiento
de la importancia de las leyes para
regular la convivencia democrática.”
(SEP, 2010: p. 106).


4.1- Cultura de la legalidad y derechos humanos en el currículo de educación básica.


      Tomando en consideración que una democracia es
un sistema político en el que se respetan los derechos
y libertades fundamentales de todos los ciudadanos,
el principal reto que vivimos algunas democracias de
reciente transición es lograr la protección efectiva y
garantía de los derechos para todos los seres humanos
que habitan en el país.
El término de derechos humanos tuvo una primera
aparición con la defensa de las libertades civiles y políticas
durante las revoluciones norteamericana y francesa del
siglo XVIII y tomó nuevamente fuerza después de los
totalitarismos del siglo XX, con el establecimiento de la
Sociedad de Naciones, antecesora de la Organización de
las Naciones Unidas, por la adopción de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos en 1948.
Desde entonces comienzan en el mundo demandas
para extender los derechos: a las mujeres, las minorías
étnicas, los discapacitados, los pobres, los marginados,
los indígenas con el objeto de ir ampliando sus derechos
e incorporándose a la vida personal, social y política en
condiciones de igualdad de trato, de ciudadanía y de
oportunidades.
Su pretensión es además universalista queriendo
decir con ello que deben ser reconocidos y garantizados
a todos los seres humanos sin importar su condición o
lugar en el que se encuentren.



4. 2- Formación cívica y ética y cultura de los derechos humanos.


      Es el ejercicio y reconocimiento activo de los derechos
de los demás, participando cotidianamente por hacer
esos derechos posibles, lo que genera esa cultura de
los derechos humanos.
Asimismo, son necesarias conductas acordes con
el respeto a la diversidad de opiniones, personas,
puntos de vista, gustos, formas de vida en su
convivencia cotidiana, como un reconocimiento
a la pluralidad y la diversidad que constituye al
mundo; y tener una particular intervención a favor
de una sociedad más inclusiva evitando formas de
discriminación a partir de esa diversidad.
En el diálogo se muestra el respeto que unas personas
se tienen a otras al tomar seriamente la perspectiva
del otro y comprenderla, respetando su diferencia. Al
participar en las discusiones desde diferentes puntos
de vista, se enriquecen las opiniones y se forma el
pensamiento crítico e inclusivo.



4. 3- Educación inclusiva, no discriminación y derechos humanos.


¿Qué es la educación inclusiva? la mayoría de los docentes han estado
involucrados en programas y acciones educativas en las que se les ha convocado
a promover la educación inclusiva. Sin embargo, resulta conveniente considerar
qué se entiende por este término.
De acuerdo con la UNESCO, “la educación inclusiva es un proceso que
entraña la transformación de las escuelas y otros centros de aprendizaje para
atender a todos los niños, tanto varones como niñas, a alumnos de minorías
étnicas, a los educandos afectados por el VIH y el SIDA y a los discapacitados y
niños y niñas con dificultades de aprendizaje” (2009).

En este sentido, “la educación inclusiva no es una cuestión marginal, sino
que es crucial para lograr una educación de calidad para todos los educandos
y para el desarrollo de sociedades más inclusiva…Cuando los niños no tienen
la oportunidad de desarrollar su potencial en los años decisivos de la infancia,
sus familias están más expuestas al riesgo de empobrecerse o de deslizarse
por la pendiente de la pobreza crónica. De esta forma, hacer que la educación
sea más inclusiva contribuye al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio
de erradicación de la pobreza extrema y de la enseñanza primaria universal.
Contribuye asimismo a los objetivos más generales de justicia social y de
inclusión social” (UNESCO, 2009).

La inclusión constituye el proceso de responder a la diversidad de necesidades de
todos los estudiantes y coadyuvar a reducir la exclusión que pueden recibir por los
patrones culturales y estereotipos que prevalecen en la educación y en la cultura de
reconocimiento a la igualdad en el ejercicio de todos los derechos, sin importar el género,
la condición social, la etnia, la discapacidad, la preferencia sexual o la edad.
En este sentido, las escuelas deben acoger a todos los niños sin importar sus condiciones
físicas, intelectuales, emocionales o lingüísticas. Esto incluye niños con discapacidad y
con aptitudes sobresalientes, niñas y niños que viven en la calle, niños que trabajan,
niños migrantes, niños que han perdido a sus padres por el virus de inmunodeficiencia
humana o por guerras, niños de minorías culturales o étnicas y niños de otros grupos con
desventajas o marginados (UNESCO, 2003).